Sábado 10 de octubre de 2026 Trenque Lauquen · Buenos Aires
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CUENCA DEL SALADO

Buscan regularizar canales clandestinos

Es un programa especial del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires. Es para legitimizar obras hidráulicas construidas sin los permisos correspondientes. La primera etapa alcanzará a los Comités de Cuenca de las subregiones A2, A3 y B3. Está incluido Trenque Lauquen.

Buscan regularizar canales clandestinos 19/08
El Gobierno de la provincia de Buenos Aires creó un programa especial para regularizar obras hidráulicas construidas sin los permisos correspondientes en la Cuenca del Río Salado, pero que actualmente se encuentran funcionando y cumplen un rol en el manejo de los excedentes hídricos: la primera etapa alcanzará a los Comités de Cuenca de las subregiones A2, A3 y B3.
 
▪ Subregión A2:
incluye a los partidos de Junín, Lincoln, Florentino Ameghino, General Viamonte, General Villegas, Carlos Tejedor, 9 de Julio y Bragado.
 
▪ Subregión A3:
Carlos Casares, 9 de Julio, Trenque Lauquen, Daireaux, Pehuajó, Bragado y Lincoln.
 
▪ Subregión B3:
Roque Pérez, Olavarría, Bolívar, Hipólito Yrigoyen, Carlos Casares, 9 de Julio, 25 de Mayo, Bragado, Saladillo, General Alvear, Las Flores y Tapalqué.
 
La medida fue establecida por el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos en el Boletín Oficial, en el marco de la Ley N° 12.257, conocida como Código de Aguas, y busca resolver una problemática que se arrastra desde hace años, especialmente en zonas rurales del noroeste bonaerense.
El programa apunta principalmente a obras de drenaje secundarias y terciarias que fueron ejecutadas por municipios y productores para complementar la red de drenaje superficial existente. Muchas de estas intervenciones no cuentan con las autorizaciones exigidas por la normativa vigente, lo que genera dificultades para su gestión, mantenimiento y adecuación.
Según explica la resolución, la región noroeste de la provincia presenta características topográficas que hacen que no exista una red de drenaje natural completamente desarrollada. Por ese motivo, a lo largo de los años se construyó una red artificial para conducir los excedentes de agua, con obras principales ejecutadas por el Estado provincial y conducciones secundarias y terciarias realizadas en muchos casos por los municipios o productores.
En este sistema también cumplen un papel importante los caminos rurales, debido a que en zonas llanas pueden actuar como receptores de excedentes pluviales. Además, existen sectores donde las trazas atraviesan zonas bajas y se anegan, lo que obliga a realizar terraplenes y obras de cruce para garantizar el escurrimiento.
La decisión de avanzar con un régimen especial surgió, de acuerdo con los fundamentos de la resolución, a partir de distintos planteos realizados por municipios durante las actividades desarrolladas en 2025 en zonas afectadas por episodios extraordinarios de excesos hídricos.
 
El procedimiento estará dividido en tres etapas.
▪ Fase uno:
El municipio deberá presentar una nota ante el Comité de Cuenca correspondiente. El organismo deberá emitir una no objeción para que la obra sea incorporada al programa.
 
▪ Fase dos:
Contempla la presentación de la documentación requerida ante la Autoridad del Agua (ADA). El organismo analizará el caso y, cuando corresponda, emitirá un Certificado de Incorporación al Programa.
 
▪ Fase tres:
Estará destinada al análisis técnico y a la aprobación de la documentación necesaria para completar la regularización. El procedimiento contempla tanto las obras que puedan regularizarse sin modificaciones como aquellas que requieran adecuaciones.
Cuando sea necesario ejecutar obras de adecuación, estas estarán a cargo del municipio solicitante. La resolución también permite que los municipios propicien la conformación de Consorcios Mixtos de Usuarios de Aguas Públicas, integrados por el gobierno local y los beneficiarios directos de las obras.
La nueva normativa también contempla la situación de las obras que ya hayan sido denunciadas en el marco del procedimiento aprobado mediante la Resolución MIySP N° 46/26, que estableció un mecanismo para abordar las obras hidráulicas no autorizadas en territorio bonaerense.
 
En esos casos, mientras se encuentre en trámite la regularización dentro del nuevo programa, quedará en suspenso el procedimiento de declaración de clandestinidad.
La operación y el mantenimiento de las obras que sean aprobadas quedarán a cargo del municipio que haya solicitado su incorporación. Para ello deberá presentar un programa con las acciones que llevará adelante, aunque también podrá impulsar la creación de un consorcio de usuarios.