Martes 11 de agosto de 2026 Trenque Lauquen · Buenos Aires
OPINA Dr. Ricardo Paso
Dr. Ricardo Paso
Abogado.

Ex Presidente del Honorable Concejo Deliberante de Trenque Lauquen. Autor del libro «Procedimiento Parlamentario Municipal»

 

 

 

CASTELLI VA POR SU AUTONOMíA MUNICIPAL

Una deuda que ya no admite más demoras

El Municipio bonaerense de Castelli inicia el proceso para sancionar su propia Carta Orgánica. El antecedente de una ordenanza aprobada en 2012 por el HCD de Trenque Lauquen y vetada por el Departamento Ejecutivo. Una nueva presentación del proyecto en 2016, con el aval unánime del Legislativo y la promulgación del Ejecutivo, que se redujo a una declaración de buenas intenciones.

Una deuda que ya no admite más demoras 13/07

Por el Dr. Ricardo E. Paso

Especial para MiTrenque

 

Han transcurrido treinta y dos años desde la última reforma a la Constitución Nacional, una de las más trascendentes de nuestra historia institucional. Aquella reforma incorporó nuevos institutos, redefinió principios fundamentales del sistema republicano y estableció un conjunto de derechos y garantías que modificaron profundamente el orden jurídico argentino. Sin embargo, no todas sus disposiciones alcanzaron plena vigencia. Mientras algunas se convirtieron en normas operativas de aplicación inmediata, otras continúan esperando su concreción. Entre estas últimas se encuentra el reconocimiento efectivo de la autonomía municipal.

El artículo 123 de la Constitución Nacional fue categórico al ordenar a las provincias asegurar la autonomía de sus municipios, regulando sus alcances en los órdenes institucional, político, administrativo, económico y financiero. No obstante, en la provincia de Buenos Aires esa manda constitucional permanece incumplida, manteniéndose un régimen municipal regido por una Ley Orgánica concebida para una realidad institucional de hace más de seis décadas y que resulta insuficiente para responder a los desafíos del siglo XXI.

En este contexto, recibí con satisfacción la noticia que el municipio de Castelli decidió iniciar el proceso destinado a sancionar su propia Carta Orgánica Municipal. Más allá del resultado que finalmente tenga esa iniciativa, constituye un acto de enorme valor institucional. Demuestra la voluntad de sus autoridades de asumir el protagonismo en la construcción de un modelo de gobierno local más moderno, más eficiente y más cercano a las necesidades de sus vecinos.

Los antecedentes en la provincia son escasos. En el año 2012, el Concejo Deliberante de Trenque Lauquen aprobó una ordenanza que convocaba a una consulta popular para que la ciudadanía se pronunciara sobre la necesidad de dictar una Carta Orgánica Municipal. Aquella iniciativa fue vetada por el Departamento Ejecutivo.

Cuatro años más tarde, en 2016, el proyecto volvió a ser presentado y, esta vez, fue aprobado por unanimidad por el Concejo Deliberante y promulgado por el Ejecutivo Municipal. Sin embargo, todo quedó reducido a una declaración de buenas intenciones: nunca se realizó la consulta popular ni se convocó al Congreso Instituyente Local que debía redactar la Carta Orgánica. Lo que pudo haber significado un hito institucional, terminó convirtiéndose en una oportunidad perdida. Una situación semejante ocurrió en el partido de Rivadavia, donde también se impulsó un proyecto con idénticos objetivos. Fue aprobado, pero jamás ejecutado.

Frente a esos antecedentes, la decisión adoptada por Castelli adquiere una dimensión especial. Es, hasta el momento, el único municipio bonaerense que decidió llevar la discusión al plano judicial, reclamando el reconocimiento de la autonomía municipal y enfrentando, sin especular sobre el resultado, la resistencia del poder central. Esa actitud merece ser destacada porque expresa la convicción de que el fortalecimiento de los gobiernos locales constituye una condición indispensable para consolidar el federalismo.

La autonomía municipal no representa una amenaza para las provincias ni implica una fragmentación del Estado. Por el contrario, significa fortalecer la democracia desde su nivel más próximo al ciudadano. Un municipio autónomo puede definir su organización institucional, establecer mecanismos modernos de participación ciudadana, diseñar políticas públicas acordes con su realidad, garantizar mayor transparencia en la gestión y administrar con mayor responsabilidad sus recursos.

Las profundas diferencias geográficas, demográficas, económicas y culturales que existen entre los 135 municipios bonaerenses demuestran que resulta irrazonable mantener un modelo uniforme de organización local. No enfrentan los mismos problemas un distrito del conurbano que uno del interior rural, ni requieren idénticas herramientas institucionales para resolverlos. Precisamente por ello, las Cartas Orgánicas Municipales permitirían adaptar las instituciones a las particularidades de cada comunidad, respetando siempre los principios constitucionales.

Después de más de tres décadas de vigencia de la reforma constitucional, la autonomía municipal continúa siendo una deuda pendiente de la provincia de Buenos Aires. Ya no se trata únicamente de cumplir un mandato constitucional; se trata de reconocer la capacidad de las comunidades locales para decidir sobre su propio destino, fortalecer el federalismo desde abajo y construir gobiernos más eficientes, transparentes y participativos.

Ojalá la iniciativa de Castelli no quede aislada. Quizás haya llegado el momento de que otros municipios retomen este debate con la seriedad que merece y que la provincia abandone definitivamente una concepción centralista que el propio constituyente nacional resolvió superar hace más de treinta años. La autonomía municipal no debe ser vista como una concesión del poder provincial, sino como un derecho constitucional de las comunidades locales y una herramienta imprescindible para mejorar la calidad institucional y el desarrollo de cada uno de nuestros pueblos.